martes, 8 de junio de 2010

Un ejemplo de responsabilidad política

El Presidente Regional de Cajamarca Jesús Coronel ha declarado recientemente que renunciará a la reelección, como inicialmente lo había decidido él y su partido político regional. Su decisión se debe a la amenaza de su cuestionado vicepresidente Aníbal Balcázar de asumir la presidencia dada la licencia que debe solicitar Coronel para postular. Este vicepresidente estuvo preso en el año 2008 por corrupción al ser sorprendido por recibir una coima para priorizar proyectos.

Aquí existen algunos puntos que me gustaría plantear como ciudadano interesado en mejorar el nivel de nuestra clase política.

En primer lugar, me pregunto por qué el poder judicial permite que un impresentable como el Sr Balcázar pueda reasumir una función pública a los dos años de haber estado preso por corrupto. Si bien existe el principio que toda persona que haya cumplido su condena tiene derecho a reinsertarse a la sociedad, también es cierto que la sociedad exige un castigo ejemplar, como suspenderlo de la función pública por un tiempo. Permitirle volver al más alto cargo regional es inadmisible.

En segundo lugar, no entiendo tampoco cómo el jurado nacional de elecciones permite este tipo de situaciones cuando justamente la ciudadanía exige normas rigurosas sobre la idoneidad de sus representantes.

En tercer lugar, y quizás el punto más sensible, es la desfachatez y cinismo del Sr Balcázar. Asumiendo que esta persona ya pagó su castigo, lo mínimo que se puede esperar es un cierto nivel de respeto a los cajamarquinos, que estoy seguro repudia a los corruptos y no volvería a elegirlo. Intentar asumir la presidencia regional es una vergüenza.

Finalmente, cabe destacar la actitud y responsabilidad política del Presidente Coronel. No es usual en nuestra alicaída clase política anteponer los intereses y ambiciones personales a los intereses de la ciudadanía. Sea por supervivencia política, sea por la adicción al poder, muchos políticos toman decisiones que ponen en primera línea sus objetivos personales. Debemos saludar la decisión de Jesús Coronel que cierra su gestión con un gesto que todos resaltamos. Ojalá su partido pueda proponer un candidato que continúe las reformas y las obras que están impulsando con éxito en la región.

lunes, 7 de junio de 2010

Conclusiones y recomendaciones del informe en minoría de la Comisión sobre los hecho de Bagua

La claridad, lucidez y equilibrio del informe en minoría de la Comisión presidida por el Congresista Lombardi es uno de los mejores trabajos que he visto del Congreso. Comparto con uds las conclusiones y recomendaciones del informe, las que reproduzco textualmente. El informe completo puede ser leído en: http://informebagua-enminoria.blogspot.com/

7. CONCLUSIONES

La investigación llevada a cabo y el análisis de la documentación obtenida permiten establecer varias conclusiones importantes para clarificar lo ocurrido:

A. EN RELACIÓN CON LAS CAUSAS

1. La protesta de los pueblos indígenas amazónicos del 2008-2009 tuvo su origen en el progresivo deterioro de la seguridad jurídica de sus territorios cuyo hito inicial se ubica en las innovaciones introducidas en la Constitución de 1993 al régimen de propiedad especial de las comunidades nativas (especialmente la supresión de las garantías constitucionales de inalienabilidad e inembargabilidad de sus territorios). A medida que se pretendía modernizar el régimen de propiedad afectando los derechos colectivos de poblaciones originarias no hubo una pareja modernización de las garantías ambientales ni se desarrolló una adecuación de la normativa nacional al derecho internacional de los derechos humanos de los pueblos indígenas. El Estado no brindó atención ni adecuada ni oportuna a las inquietudes que de manera continua y persistente le fueron planteadas por las organizaciones representativas de los pueblos indígenas amazónicos demandado el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT y de la necesidad de adecuar la legislación nacional, las instituciones y las prácticas del mismo Estado en relación con las obligaciones emanadas de los Tratados y Acuerdos internacionales relativos a los derechos humanos de los pueblos indígenas.
2. La serie de artículos del Presidente de la República, iniciada con “el Perro del Hortelano” desarrolla conceptualmente el enfoque político que se encuentra implícito en las nuevas normas impulsadas desde 1993 para afirmar un tipo de aprovechamiento de los recursos naturales de la Amazonía el cual es insostenible y se contrapone a los derechos territoriales de las comunidades y Pueblos Indígenas. El artículo es, y fue percibido como ofensivo, provocativo y amenazador por los pueblos indígenas y por amplios sectores de la población amazónica.

3. En ese marco, y con el argumento de fomentar la inversión privada, otorgar mayores facilidades para la adquisición de tierras y recursos amazónicos, posibilitar el cambio de uso de los bosques, privatizar el agua o los ecosistemas vitales para la alimentación de la población amazónica - como las restingas y los barrizales -, proteger la extracción de minerales e hidrocarburos y regular otros asuntos colaterales en apoyo del capital (como la criminalización de la protesta social o la inmunidad frente a su represión), se presenta un conjunto de proyectos de decretos legislativos a partir del segundo semestre del 2007, que, considerados como altamente contradictorios con los derechos adquiridos por los pueblos y comunidades indígenas, fue formulado sin consultarles, contradiciendo compromisos internacionales del Perú que son ley interna de rango constitucional. Paradójicamente este proceso se da en paralelo a un progresivo reconocimiento del sistema internacional e interamericano de los derechos de los pueblos indígenas.

4. El conjunto de decretos legislativos fue el fruto de una delegación especial de poderes desde el Congreso al Poder Ejecutivo justificada en la necesidad de adecuar la normativa nacional a los compromisos asumidos para la firma del TLC con Estados Unidos y otras futuras contrapartes comerciales del Perú. Este objetivo, de alta prioridad nacional y cuyo contenido no fue explicado ni debatido nunca con la población peruana y menos con la población indígena, fue aducido sistemáticamente por la Ministra responsable de conducir las negociaciones y por el resto del Poder Ejecutivo para obstaculizar el debate relativo a la legitimidad y constitucionalidad de los proyectos, primero, y de los decretos legislativos después. Insistencia que generó apresuramiento en las decisiones conducentes a la tragedia del día 4 de junio del 2009 en la Curva del Diablo. Posteriormente se reconoció que los apremios y la publicitada vinculación entre las normas denunciadas y la puesta en marcha del TLC fueron infundados. Igualmente ha quedado establecido que, en buena parte de los decretos legislativos el Poder Ejecutivo sobrepasó el alcance de la delegación de poderes.

5. La ofensiva argumental del Presidente de la República y la gestión de los proyectos normativos (y la posterior emisión de los decretos) tienen lugar al tiempo en que los pueblos indígenas del Perú se encuentran inmersos en un proceso avasallador de intervenciones económicas externas en sus territorios; intervenciones que son inconsultas, de alto riesgo, poco controlables y consideradas amenazantes para la continuidad de las formas de vida tradicionales - tales como la acelerada escalada de otorgamiento de concesiones mineras, la masiva lotización petrolera de la Amazonía, el anuncio de una serie de represas sobre tierras indígenas o la creciente ocupación de áreas de bosque para usos agroindustriales –, configurando un entorno de tensión previo a la crisis. Los pueblos amazónicos viven en la actualidad un proceso traumático ante el deterioro sustantivo de sus recursos vitales y los gravísimos impactos a su salud, a su derecho a la alimentación y la sostenibilidad de sus bosques, aguas, flora y fauna. Un caso especialmente ilustrativo fue el irregular otorgamiento de derechos mineros a la Compañía Minera Afrodita, en la Cordillera del Cóndor irrespetando un proceso prolongado de acuerdos entre la población Awajún y las dependencias del Estado para proteger áreas consideradas de vulnerabilidad ecológica extrema que son, además, zonas sagradas del territorio tradicional.

6. Los acuerdos alcanzados con el gobierno y las autoridades del poder legislativo tras las movilizaciones del año 2008 en orden a revisar la constitucionalidad de los decretos legislativos denunciados por las organizaciones indígenas no fueron honrados; y las permanentes dilaciones y desplantes con que fueron tratados los reclamos de estas condujeron a la reanudación de las movilizaciones amazónicas a nivel nacional que se reiniciaron el 9 de abril del 2009, cuando ya la propia Comisión Multipartidaria designada al efecto había ya dado un dictamen que recomendaba la derogación de todos los decretos por inconstitucionales, la Comisión de Constitución había dictaminado otros e incluso se habían ya derogado algunos de ellos por razones válidas para el resto. El Congreso de la República, y en particular la bancada oficialista, fueron renuentes a cumplir con sus obligaciones y, especialmente, postergaron el anunciado debate sobre la constitucionalidad de los decretos en la misma fecha en que el poder Ejecutivo preparaba un contundente operativo de desalojo de la carretera Fernando Belaunde Terry ocupada por los manifestantes indígenas.

7. En lugar de concentrarse en la revisión de los decretos y la atención oportuna de las demandas indígenas, algunas instituciones del Estado prefirieron alentar divisiones internas, críticas públicas e inculpaciones a los dirigentes que causaron profundo malestar y encono contra el manejo de la situación de parte del Estado entre las organizaciones indígenas de representación mayoritaria en la Amazonía. La prolongada situación de los huelguistas a la espera de una respuesta estatal y la cerrada negativa al tratamiento legal de las demandas indígenas ocasionaron expresiones airadas de alguno de los dirigentes, fruto de la presión del momento, que fueron retiradas de inmediato pero que luego fueron utilizadas como pretexto para la vinculación de esas expresiones con supuestos intereses extremistas y con los resultados del nefasto operativo policial.

8. Las conclusiones del Informe Final que atribuyen las protestas de las comunidades y organizaciones a la falta de comprensión de los decretos legislativos por parte de los indígenas o a la manipulación por agentes externos nacionales o extranjeros, sin mostrar evidencias al respecto, carecen de sustento; es claramente apreciable que las comunidades estaban plena y masivamente identificadas con las demandas de derogación de los decretos y comprendían no sólo las potenciales afectaciones generales de éstos sino su relación con las violaciones de los derechos territoriales que ya se venían produciendo a niveles locales y cuyas denuncias no tenían efectos en las autoridades del gobierno. En razón de ello no tiene sentido desviar las responsabilidades de quienes provocaron la protesta indígena con sus iniciativas inconstitucionales, sus artículos ultrajantes, sus omisiones o sus apremios, hacia instituciones -civiles y religiosas - gremios, partidos, medios de comunicación y pobladores que se solidarizaron con sus legítimas demandas.

9. El Informe Final no ha dado cuenta exacta del carácter de la representación que asumen los dirigentes nacionales y regionales de las organizaciones indígenas en el contexto de este conflicto. Ellos fueron voceros de la protesta indígena y estuvieron permanentemente sujetos a escrutinio por parte de los comuneros y organizaciones locales para velar en todo momento para que los acuerdos que pudieran establecer con el gobierno no desvirtuaran las demandas por las que la población llevaba a cabo la prolongada protesta. La Comisión ha tenido acceso a una amplia variedad de documentos que dan fe de la naturaleza de esta representación y del control, que la población indígena movilizada ejercía sobre sus dirigentes. En ese sentido la atribución directa de responsabilidades personales en estos dirigentes, incluso a nivel penal, resulta injusta y totalmente desproporcionada.

10. Por tanto:
 Las causas mediatas del conflicto hay que buscarlas en el momento traumático que viven en la actualidad los pueblos indígenas del Perú. Existen problemas estructurales por resolver en la relación entre el Estado y los Pueblos Indígenas, principalmente, la adecuación de su Constitución, su normativa y sus instituciones a los estándares fijados por el sistema internacional de los derechos humanos, incluidos los derechos indígenas; los pueblos indígenas no cuentan con mecanismos jurídicos adecuados para definir, proteger y gobernar sus territorios frente a las iniciativas económicas de terceros; y no se han desarrollado los mecanismos de diálogo democrático, consulta y participación al acceso de los pueblos indígenas en el Perú, tal y como los que se señalan en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
 La emisión de un conjunto de proyectos normativos y la posterior promulgación de decretos que afectaban significativamente los derechos territoriales indígenas, como se demuestra en el presente informe, debió ser consultada en conformidad con preceptos de rango constitucional; la insistencia en eludir el tratamiento correcto para estos decretos es la causa inmediata de la protesta y de las tensiones entre las organizaciones indígenas y el Gobierno.
 La imperiosa necesidad de mantener inalterables los decretos para evitar poner en riesgo el TLC, defendida a ultranza por la entonces Ministra de Comercio, y posteriormente desmentida, y la persistente renuencia del Congreso a iniciar el debate parlamentario sobre los decretos impusieron apremios inconvenientes y, a posteriori, nefastos, a las decisiones políticas.
B. EN RELACIÓN CON LOS OPERATIVOS DEL 5 DE JUNIO
1. El operativo policial fue mal planificado y la forma en que fue conducido solo podía llevar a un desastre. En este caso, y lamentablemente, con pérdida de 33 vidas humanas y un desaparecido.
 Los recambios policiales en el alto mando de la PNP el 2.6.09, efectuados por la Ministra del Interior dos días antes de la fecha señalada inicialmente para el operativo, indican un cambio en relación al talante con el que se planteó el paro indígena a partir de esos momentos; estaban destinados a imponer un tipo de desalojo de gran contundencia y efecto mediático, resultando contraproducentes al desencadenar un fracaso previsible y de trágicas consecuencias.
 Hubo precipitación injustificada en apurar la realización del operativo de desalojo que el ejecutivo sugirió se realizara el 4.6, siendo que estaban en marcha varias iniciativas para resolver el conflicto. Esta precipitación coincide, en simultáneo, con la decisión del Congreso de no debatir la legislación en la víspera a los sucesos.
 La insistencia en llevar a cabo el operativo de forma perentoria, derivada de órdenes emitidas al más alto nivel, a pesar de las múltiples señales de que se avecinaba un retiro voluntario de los manifestantes, y la deficiente planificación del operativo fueron, a juicio de los suscritos, lo que ocasionó que se desatara la violencia con un alto costo de vidas humanas, tanto en la Curva del Diablo como en las Estación Nº 6 y en las localidades urbanas cercanas.
2. La descoordinación en el comando del operativo y entre éste y las autoridades civiles a cargo resulta desconcertante y deja muchas zonas oscuras acerca de las características de la cadena de mando antes y durante el operativo.
 No se ha podido establecer con qué nivel de precisión se discutió en el Consejo de Ministros de ese día el operativo para “restablecer el orden”, ni el tono y contenido de las órdenes impartidas desde el sector al nuevo mando policial encargado del comando operativo. La Ministra del Interior ha negado en todo momento haber participado en esas órdenes pese a que el Memorandum Nº 711, explícitamente señalaba la necesidad de informarle del avance del planeamiento y operaciones “para tomar decisiones”, lo que implicaría que se desacató esa obligación. Tratándose de un operativo de tanta envergadura y trascendencia política y humanitaria como el de Bagua, que había sido objeto de decisiones en el Consejo de Ministros, y que había sido precedido de cambios radicales en la cadena de mando, no pudo haber recibido una atención tan superficial de parte de la Ministra responsable del sector. Si ocurrió un desacato con efectos tan desastrosos para el país resulta inexplicable que la Ministra condecorara a quienes desacataron órdenes y desataron un enfrentamiento letal entre peruanos.
 Los cambios introducidos por el Gral. Muguruza el día 4.6.09 en el concepto del operativo transformaron a nivel de órdenes de comando la lógica de dicho operativo, al incluir la segunda dimensión terrestre consistente en la toma de la cima por un escuadrón fuertemente armado con fusiles de guerra, lo que introdujo considerables factores de riesgo en el operativo.
 No se puede concluir que haya habido plena claridad acerca de la función del escuadrón encargado de la toma de la cima del cerro de la Curva del Diablo; las ventajas tácticas que pudiera tener ese posicionamiento se vieron anuladas y contrarrestadas por la deficiencia de los equipos de comunicación asignados que no permitían una comunicación desde esa posición con los demás escuadrones, el comando y el cuartel operativo de Corral Quemado.
 Aunque se atribuye la decisión de incorporar la segunda dimensión terrestre a los reconocimientos aéreos y terrestres del día 4.6.09, éstos fueron inadecuados e incompletos y llevaron a que no se tuviera suficiente conocimiento del terreno, lo que no permitió la retirada segura de los efectivos del escuadrón Nº 1 evitando las muertes.
 Debe investigarse las responsabilidades y consecuencias del hecho de que el inicio de la hora del desplazamiento de la columna y el helicóptero se retrasara. Así como también del hecho de que los llamados de auxilio del jefe del escuadrón Nº 1 no fueran respondidos oportunamente.
 Existe grave responsabilidad en el hecho de que los responsables de operativo desconocieran que en la cima del cerro de la Curva del Diablo existía un abismo al que se dirigió la escuadra del Cdte. del Carpio bloqueándose a sí mismos sin posibilidad de escape. Para eludir esa responsabilidad se ha falseado la información de lo que ocurrió en la parte alta del cerro y se ha imputado a los indígenas haber arrojado a los efectivos al abismo, siendo que no se produjo contacto físico en esa zona del cerro.
 Las necropsias estudiadas permiten establecer que 4 efectivos murieron en la lucha cuerpo a cuerpo con indígenas que ascendieron desde la carretera y que salvo un caso se trató de enfrentamientos singulares, uno a uno, sin que los indígenas sacaran provecho de su mayor número frente a los efectivos apostados en el cerro.
 Las necropsias e informes de levantamiento de cadáveres no permiten establecer dónde ocurrieron la mayor parte de las muertes de los efectivos porque el levantamiento de cadáveres de los policías no se hizo con presencia del ministerio público.
 Se debe aclarar las informaciones aportadas por M. Cabanillas, confirmadas por un testimonio indígena y uno de una autoridad mestiza de la localidad aledaña a la Curva del Diablo, de la muerte de un efectivo (técnico de primera) en el helicóptero – cuya muerte no registran los informes policiales. De confirmarse e identificarse al efectivo debe hacerse pública su necropsia Y los resultados de la prueba de absorción atómica para establecer la veracidad de la denuncia de que hubo un tirador en el helicóptero que disparó con fusil a la población civil desarmada y determinarse quién dio la orden de incorporar ese tipo de arma y personal al helicóptero, y aún, quién dio la orden de esconder el hecho.
 Aún cuando la Defensoría del Pueblo ha reportado el retorno de los manifestantes a sus comunidades, con un nivel de confiabilidad reconocido, el caso arriba señalado de un muerto en uno de los helicópteros, y los reiterados testimonios, aunque no reportes, con relación a desaparecidos llevan a la necesidad de una verificación de muertes no registradas.
 La información proporcionada por los oficiales policiales y los documentos oficiales no están en condiciones de explicar lo ocurrido en el desalojo de la Curva del Diablo porque omiten, tergiversan y falsean información (de todo tipo, incluyendo información de cómo se desarrolló el operativo, a qué hora ocurrió cada hecho, las armas disponibles, los movimientos de los manifestantes, las reacciones policiales, qué órdenes se impartieron, dónde y cómo ocurren las muertes, etc.); las contradicciones entre los altos mandos, policiales y militares, involucrados en los hechos son asimismo frecuentes, lo que confirma que se trató de un operativo anormal de cuya responsabilidad todos buscan evadirse.

3. El operativo fue desproporcionado y pudo desatar una masacre innecesaria; si bien no se conoce el exacto tenor y el talante implícito de las órdenes recibidas no es creíble que un operativo de esta envergadura se haya diseñado sin intervención de las autoridades civiles a cargo de las fuerzas del orden, militares y policiales.
 No hay en los memoranda Nº 711 y 712 del 3.6.09 ni en las notas de información de la DIRIN PNP/DIVBUS I –DEPBUSOC de los días previos referencias a un agravamiento de la situación ni mención alguna en las fuentes oficiales previas al operativo a que los manifestantes estuvieran armados y que representaran un riesgo para la seguridad o que aconsejara el uso de armas letales. No se ha explicado por qué si en el Consejo de Ministros del día 3.6.09 se recomendó, como se ha afirmado, que no se usaran armas letales, en el operativo hubo 208 fusiles AKM con 830 cacerinas que equivalen a 24,900 tiros.
 Por el altísimo número de heridos de bala, el absoluto descontrol de la situación y a la confusión generada, el operativo contó con todos los elementos necesarios para alcanzar las proporciones de una verdadera masacre de civiles y de policías; es inquietante pensar en cuál pudiera haber sido el resultado de este operativo, equívoco, desproporcionado e improvisado.
 El tratamiento informativo de los hechos, que pretende hacer ver que la estadística final de los muertos -esto es, el mayor número de muertos de uno u otro lado- explica suficientemente de quién fue la culpa de lo sucedido, constituye una afrenta más contra las víctimas del nefasto operativo y ratifica que quienes llevaron a civiles y policías a la muerte no han centrado su atención en evitar que hechos como éstos se vuelvan a dar, sino que han mantenido la actitud irresponsable y acusatoria que ha caracterizado todo este conflicto.
 La no presencia de los fiscales al momento que la columna terrestre ingresó a la zona bloqueada y el hecho de que no se detuviera para invocar a los manifestantes a desalojar la carretera, como precaución habitual en los desalojos, muestra que el diseño del operativo no priorizó el objetivo de evitar la confrontación ni la intervención precautoria.
 De la forma en que se desarrolló el operativo se concluye que éste no pretendía únicamente desalojar, facilitando para ello la salida de los manifestantes; más bien hubo interés explícito en “entubarles” a fin de conducirlos, sin escapatoria, hacia la columna terrestre al mando del Gral. Muguruza de modo de generar para los Awajún y Wampis una situación indigna que los propios manifestantes no podían aceptar.

4. Las autoridades civiles, militares y policiales que intervinieron de una u otra manera en la definición del carácter del operativo no tomaron en cuenta la moral, la capacidad de resistencia y la cultura de aquellos a quienes se pensaba imponer un desalojo humillante, sin entender los manifestantes indígenas estaban allí por razones trascendentes para su vida y la de sus generaciones futuras, personas culturalmente aguerridas, incluyendo numerosos Héroes de Cenepa.
 Las autoridades de Lima creyeron que encaraban el desalojo de simples manifestantes sin entender que planificaban un operativo frente a personas que estaban allí por razones trascendentes para su vida y la de sus generaciones futuras, personas culturalmente aguerridas, incluyendo numerosos Héroes de Cenepa.
 En este sentido, la presencia de reservistas o licenciados entre los manifestantes Awajún y Wampis no puede considerarse anormal ya que sus territorios se hallan en una región fronteriza que tiene diversos campamentos y puestos militares y que es común que la mayoría de sus jóvenes, desde hace al menos 5 décadas, sirvan a su patria.
 Ni en el operativo de la Curva del Diablo ni en las precauciones omitidas en la evacuación del personal de la Estación Nº 6, las autoridades, civiles y militares a cargo del operativo tuvieron en cuenta las características de la cultura y las previsibles reacciones de los Awajún y Wampis allí presentes.

5. Se prescindió por completo de los acuerdos previos y de la voluntad explícita de los ocupantes de la Curva de que iban a desalojar pacíficamente sus emplazamientos en cuanto tuvieran las condiciones logísticas apropiadas, generando innecesariamente, a partir de este desacierto, un lamentable saldo de víctimas humanas.
Existen suficientes indicios, corroborados por altas autoridades de la zona, de que los manifestantes Awajún y Wampis que bloqueaban la carretera se aprestaban a desalojarla voluntariamente y retirarse de la vía. La decisión de dar el comando operativo al Gral. Muguruza, jefe de la DIROES, sustituyendo al Gral. Uribe, jefe de la IV DITERPOL Tarapoto que había construido relaciones de confianza con los manifestantes, evitado brotes de violencia y había persistido en el camino del diálogo, constituyó, en este mismo sentido, un grave error.
Lo más acertado hubiera sido el respeto de los compromisos y negociaciones en curso y no el de la represión violenta frente a quienes demostraron estar decididos a defender, a cualquier costo, su dignidad.

6. No puede admitirse la afirmación del Informe Final de que el uso de las armas respondió a una reacción defensiva de los efectivos policiales cuando los primeros disparos con consecuencias letales provinieron de los policías, pertenecientes a una fuerza especializada (DINOES) y fuertemente armados, actuando frente a una población desarmada y a pecho descubierto. Es también inadmisible que el Informe Final omita señalar que los iniciales disparos de fusil realizados por la policía hubieran causado al menos 2 heridos y un muerto antes de que S. Manuim cayera herido y que ni dicho informe ni el Informe Nº 014 del Gral. Muguruza sobre el operativo mencionen la muerte de indígenas y mucho menos que ocurrieran en el cerro.
 Los disparos con fusil realizados por la policía con los que se hirió y mató a civiles desarmados, dieron una señal de que no se estaba ante un ‘escenario de desalojo negociado’ sino ante un ‘escenario de guerra’, generando un tipo de respuestas basadas en un conjunto de reglas, comportamientos culturales y prácticas que no se admitirían en tiempos de paz pero que rigen el comportamiento de los Awajún y Wampis ante un ataque enemigo con víctimas mortales.
 Lo ocurrido en el cerro y su desenlace fatal se vio marcado por las primeras reacciones de ambos grupos. A los policías no se les instruyó de manera adecuada acerca de las características y posibles reacciones de los Awajún y Wampis frente a una agresión armada. Por su parte, para los Awajún y Wampis, la presencia de policías en el cerro en la madrugada confirmaba los temores de un operativo para encerrarlos, generar violencia innecesaria y obligarlos a un desalojo humillante.
 No se puede imputar a los manifestantes Awajún y Wampis que la mañana del 5 de junio se hallaban bloqueando la carretera FBT a la altura de la Curva del Diablo haber estado preparados para una emboscada contra las fuerzas policiales o dar una respuesta violenta y organizada ante la presencia policial, como se deduce del hecho de que estaban desarmados, la disciplina de los turnos de vigilancia se hallaba relajada, los manifestantes de la carretera no habían estado de vigilia en esa madrugada sino que se habían levantado a la hora usual y se encontraban preparando sus desayunos a la hora en que el operativo de desalojo, del que tenían noticia, estaba por iniciarse.
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 Todos los testimonios indígenas dejan ver que el ascenso al cerro por parte de no más de 250 indígenas, apenas avistaron a los policías en la parte alta, buscaba impedir de manera pacífica un ataque sobre la población de la carretera en el entendido de que estando desarmados no corrían peligro. Subieron para desalentar a los efectivos sin apreciar adecuadamente el riesgo del uso de las armas por parte de la policía.
 Las acusaciones de parte de los mandos policiales y miembros del ejecutivo de que los indígenas estaban en posesión de armas son extremadamente graves y son falsas (y más aún que las armas provinieran de un supuesto ataque a una comisaría para obtenerlas, como llegó a afirmar el Ministro de Justicia ante un organismo de Naciones Unidas en sesión oficial). También lo son las afirmaciones del Presidente de la República de que los indígenas actuaron como terroristas y que degollaron a los policías ultimados. Son aseveraciones que ameritan una disculpa pública. Tanto el Informe Final como los informes de Fiscalía niegan la tenencia de armas de fuego entre los manifestantes; ni la Defensoría ni otros organismos de derechos humanos han encontrado rastro alguno de huecos de zorra, trincheras u otros indicios que condujeran a pensar que estuvieran preparados para repeler una agresión armada ni mucho menos para efectuar un ataque. Las únicas armas defensivas que se puede decir que llevaban consigo algunos varones eran los jebes para disparar piedras. Las lanzas sólo se usaron como armas ofensivas una vez que el escenario de protesta pacífica se volteó a uno de guerra.
 El hecho de que las pruebas de absorción atómica en mano realizadas en la necropsia a efectivos fallecidos en el cerro al lado del Cdte. del Carpio hayan arrojado en algunos casos altos niveles de antimonio, bario y plomo indica que aquellos habían disparado ráfagas previamente a su deceso y confirma que la versión de una supuesta actitud defensiva no tienen fundamento.

7. Hay coincidencia con el Informe Final en señalar que lo ocurrido en la Estación Nº 6 tiene su origen en el operativo de desalojo en la carretera y el clima de alta tensión colectiva que ese operativo provocó; y que por lo tanto las trágicas muertes ocurridas allí pudieron haber sido evitadas.
 No obstante, la afirmación del Informe Final de que en la Estación Nº 6 los manifestantes desconocieron “los acuerdos de convivencia pacífica” pasa por alto el hecho de que, para la población fue el operativo llevado a cabo por la policía en la Curva del Diablo, con todas sus secuelas, lo que rompió y desafió la convivencia pacífica, no solo aquella acordada mediante actas, sino en general el carácter pacífico de toda la protesta, tal y como la habían planteado los Awajún y Wampis hasta ese momento, en la carretera, en la Estación y en el resto del territorio.
 A pesar de que la concentración de población en las inmediaciones de la Estación Nº 6 impuso determinadas restricciones a su funcionamiento, los líderes hicieron los mayores esfuerzos por mantener un canal de diálogo con los funcionarios de Petroperú y para crear un clima de confianza con el personal civil y policial de la Estación y, a la vez, mantener a raya la frustración de los manifestantes que no veían visos de solución al problema planteado por los decretos legislativos; está probado que, incluso el mismo 5 de junio, los líderes Awajún y Wampis y el Comité local de lucha realizaron los mayores esfuerzos por evitar una reacción violenta.
 Las informaciones proporcionadas por la Junta de Fiscales del Distrito Judicial de Amazonas con relación a un operativo de rescate de rehenes programado para el 4.6.09, que abortó, plantea numerosas y serias interrogantes acerca de la veracidad de las informaciones aportadas por diversas autoridades políticas y policiales, a la Comisión y a la ciudadanía, con relación a los sucesos de la Estación Nº 6 y al contenido de las coordinaciones con la Brigada Nº 6 Selva del Ejército Peruano así como respecto de la información que los distintos sectores del interesados del Ejecutivo manejaron en su momento, aparentemente al margen del control del Ministerio del Interior.
 Se requiere una explicación acerca de cómo si el Ministerio de Energía y Minas estaba preocupado por la situación del personal que se encontraba en la Estación, no se le anticipó a los responsables y a su personal de Seguridad las potenciales consecuencias del operativo de la Curva; y cómo no confirmó el Ministerio del Interior, la PNP o el Gral. PNP Muguruza (DINOES) al personal DINOES de la Estación el día y hora del operativo del 5 de junio.
 Existe grave responsabilidad en el hecho de que habiendo habido advertencias del Ejército a través del Jefe de la Brigada EP Nº 6 Selva de la inconveniencia de llevar a cabo el operativo en la fecha definida, y de la dificultad de proporcionar el personal militar solicitado en apoyo del operativo policial para la Estación Nº 6, y estando conscientes algunos altos mandos policiales (como el Gral. Uribe) de que sin el apoyo del ejército no debió llevarse a cabo el operativo, no se modificaron los planes en razón de que existían órdenes superiores, cuyo contenido y autoría deben ser establecidos.

8. En Bagua Grande y Bagua no se garantizó la seguridad y la protección de la población y se generaron condiciones propicias a la violencia.
Al no preverse de forma adecuada un plan que anticipara las posibles reacciones de la población de Bagua y Bagua Grande frente a un operativo tan pavoroso como el que se produjo contra los manifestantes indígenas con los que habían venido confraternizando durante el paro, que produjo alto número de heridos y muertos de bala, se crearon las condiciones para la violencia y en algunos casos el vandalismo. En ambos casos la falta de personal y de equipo antidisturbios en cantidad suficiente y la reacción tardía de colocar refuerzos resultó en muertes 5 de ciudadanos que ni siquiera participaban de las movilizaciones urbanas y en numerosos heridos civiles.

9. Por tanto:
- El operativo policial del 5 de junio del 2009 en la Curva del Diablo fue mal planificado, equívoco, improvisado e irresponsable. Pudo y debió evitarse y nada hay que justifique la contundencia con que se planeó y llevó a cabo. Por las características de su diseño los suscritos estiman que tenía objetivos políticos y de imagen que iban más allá que lo que corresponde a un operativo de desalojo de civiles y que, por ello, fue extremadamente desproporcionado, introduciendo elementos de riesgo innecesarios frente a una población cuyas características culturales no se tuvieron en cuenta más que al momento de vilipendiarla.
- La muerte de indígenas por disparo de balas frente a personas desarmadas generó una serie de reacciones que, a medida que el operativo iba ganando en dramatismo, fueron saliendo del control de los actores involucrados hasta degenerar en la pérdida de, al menos, 33 vidas humanas en Curva del Diablo, la Estación Nº 6 y las Baguas.
- Es claro que existen responsabilidades en los altos mandos a cargo del operativo, pero no puede negarse la grave responsabilidad, por acción u omisión, de las autoridades a cargo del sector Interior y del sector Defensa.
- La insistencia de los diversos representantes del poder ejecutivo en dejar en una zona de oscuridad el extremo superior de la cadena de mando del operativo del día 5 de Junio - frente a un fracaso rotundo cuya responsabilidad todos pretender eludir -, ha llevado a ubicar la responsabilidad en las propias víctimas, algo que no responde a una postura gallarda y responsable a juicio de los suscritos y que no honra a las familias de los policías y los comuneros indígenas fallecidos en cumplimento de su deber y en defensa de los derechos de sus futuras generaciones.

C. EN RELACIÓN CON LAS INICIATIVAS Y APORTES PARA LA CONCILIACIÓN NACIONAL POSTERIORES A LOS HECHOS DEL 5 DE JUNIO

1. El conflicto y su manejo posterior han puesto de relieve que el Estado no cuenta con mecanismos institucionales para acoger las diferencias y construir políticas públicas de manera dialogante y que, a su vez, no respeta los acuerdos internacionales que ha suscrito, lo que lo ha puesto al margen del derecho internacional de los derechos humanos por lo que los organismos de supervisión del sistema han venido instando al Perú a cumplir obligaciones contraídas que hubieran permitido dar solución a la problemática que condujo al conflicto.
2. La contundencia de las recomendaciones de los organismos de Naciones Unidas no ha sido seguida de la implementación de acciones positivas y oportunas por parte de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.
- No se ha prestado debida atención a las recomendaciones planteadas por los responsables de las cuatro Mesas de Trabajo transcurridos 90 días desde la presentación oficial de sus resultados. En particular no se ha terminado de derogar los decretos legislativos que contravienen la constitución y fueron el desencadenante de la protesta (DL Nº 994, 995, 997, 1013, 1020, 1060, 1080, 1089 y la y de la ley de recursos hídricos Nº 29338).
- No se han dado pasos para atender el pedido expreso de que se cumpliera con atender las solicitudes de reconocimiento, titulación y ampliación de comunidades que se encuentran paralizadas.
- La Ley de Consulta permanece sin debatir pese a la intensa labor de la Defensoría del Pueblo de difusión de su propuesta y de las recomendaciones de la Mesa Nº 3, así como los insistentes llamados de los organismos de derechos humanos.
- El debate nacional de la nueva ley forestal presenta deficiencias.
- No hay avances en la concreción del plan de desarrollo con equidad para los pueblos indígenas elaborado por la Mesa Nº 4.
- La PCM no ha cumplido con hacer la labor de seguimiento de las recomendaciones planteadas por Mesas de Trabajo. No se conoce que la comisión de seguimiento anunciada haya emitido informes y recomendaciones para acelerar la tramitación de los acuerdos del Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos, y menos, que se haya propuesto a las organizaciones indígenas hacer un seguimiento conjunto. La decisión de adscribir el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (INDEPA) a la Presidencia del Consejo de Ministros, adoptada el 10.2.10, es saludable pero insuficiente en la medida que su misión debe ser reformulada.

3. El gobierno ha mantenido una estrategia de confrontación y desafío con múltiples manifestaciones durante el funcionamiento del Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos y después; esta actitud incluso puso en peligro la continuidad del diálogo que se sostuvo gracias a la voluntad de las organizaciones de no ceder ante las provocaciones.
- Se ha continuado con las acciones de hostilización frente a AIDESEP, incluyendo las gestiones del poder Ejecutivo en pro de la disolución de la institución, la creación de una junta directiva apócrifa y la promoción de organizaciones paralelas, y se ha persistido en la persecución de los dirigentes nacionales y regionales de AIDESEP.
- Altas autoridades del país han continuado haciendo acusaciones infundadas relacionadas con lo acontecido el 5 de junio.
- Se ha continuado proponiendo normas “con carácter de urgencia”, como la ley de Desplazamientos Internos Nº 28223, o desplazamientos forzados, que no considera el mecanismo de consulta previa ni ha sido sometida a la obligación.
- Se ha seguido adelante con los procedimientos para el otorgamiento de lotes petroleros, inclusive en el lote 116 que afecta a los pueblos Awajún y Wampis donde se ha permitido a la empresa que construya un helipuerto pese al rechazo que hubo en los “talleres participativos” realizados en enero del 2010; se ha continuado promoviendo un tensionamiento interno.
- La autoridad sectorial ha aprobado una solicitud de exploración presentada por la Compañía Minera Afrodita adquirida por Dorato Resorces Inc., desairando el compromiso establecido por el Ministerio del Ambiente ante la Mesa Nº 4 de restituir la propuesta original de creación del Parque Nacional Ichigkat Muja – Cordillera del Cóndor y se ha pasado por alto la observación de OSINERGIN en base a la cual se determinó la suspensión indefinida de su autorización de exploración permitiéndole en los hechos continuar explorando.

4. El conflicto y su tratamiento posterior ha quebrado de manera profunda la confianza de los pueblos indígenas del Perú hacia el gobierno. La pérdida de confianza es particularmente grave en el caso de los pueblos Awajún y Wampis que habitan en la región amazónica de frontera y que han demostrado gran lealtad durante décadas a su país en el conflicto felizmente ya superado con el Ecuador. El costo de esta desconfianza es muy alto también respecto de la posibilidad de que en la Amazonía y en esa zona se lleven a cabo proyectos de desarrollo e infraestructura consensuados con la población.

5. Por tanto:
Las razones que fundamentaron el conflicto permanecen inalteradas, manteniéndose las condiciones de inseguridad jurídica para los pueblos indígenas.
Se mantiene también el riesgo para el país de que estando las bases de la conflictividad latentes se pueda activar un nuevo ciclo de protesta que afecte la paz social o conduzca nuevamente a prolongadas confrontaciones entre los pueblos indígenas y el Estado. Por ello es imperativo que el Estado responda con responsabilidad a esta situación que compromete a los pueblos indígenas y al país entero.

8. RECOMENDACIONES
Los suscritos concuerdan plenamente con las “Reflexiones Finales” que la Defensora del Pueblo, Dra. Beatriz Merino, planteó a la Comisión del Congreso de la República que investiga los sucesos de Bagua porque aquellas abordan las condiciones institucionales y de política pública que son necesarias para evitar que en el futuro ocurran otros conflictos de la gravedad del que se ha expresado en los acontecimientos del 5 de junio en Bagua355. Estas son coincidentes con las que han formulado a lo largo de los últimos meses diversos organismos internacionales que velan por los derechos humanos y los compromisos internacionales que derivan de los tratados que los reconocen.
Dadas las graves consecuencias de los sucesos de Bagua y del conflicto en que están enmarcados, los suscritos entienden que el Estado debe realizar los mayores esfuerzos a favor de la reconciliación y de la superación de la situación de conflictividad latente. Estos esfuerzos exigen que los pasos y medidas que se tomen a continuación sean abordados con la mayor seriedad y responsabilidad. De mantenerse las razones que fundamentaron el conflicto y, fundamentalmente, de persistirse en una reforma unilateral del régimen legal que reste seguridad jurídica a los pueblos indígenas, el riesgo de un nuevo ciclo del
355 Discurso de la Doctora Beatriz Merino, Defensora del Pueblo, ante la Comisión que investiga los sucesos ocurridos en las provincias de Bagua y Utcubamba, nombrada por el Congreso de la República. Lima, 19 de enero del 2010. La Defensoría del Pueblo ha sido voz solitaria desde el Estado a favor del respeto del orden democrático y constitucional y a favor de la reconciliación, antes de la crisis de Bagua y después. En esa línea aportó una ley marco para la regulación de la consulta que sometió al Congreso y que, pese a haber sido discutida en una de las Mesas de Trabajo del Grupo Nacional, tras 7 meses continúa sin ser debatida por el poder legislativo.
conflicto, a corto o mediano plazo, permanecerá latente, afectando así las condiciones de desarrollo del país. Estas recomendaciones se hacen en el ánimo de que ello no ocurra y de procurar abrir algunas puertas para iniciar una nueva etapa en las relaciones Estado - pueblos indígenas.

1. Derecho a la consulta
La garantía del derecho a la consulta no solo representa una obligación legal del Estado peruano sino que constituye una de las condiciones principales para el ejercicio de los derechos colectivos e individuales en el caso de los pueblos indígenas. Por esa razón, ha subrayado la Defensora del Pueblo la necesidad de que se norme y aplique el derecho a la consulta como instrumento de para el diálogo y la construcción de consensos. Esta recomendación ha sido asimismo enfatizada por el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas356, por la Federación Internacional de Derechos Humanos357, Amnistía Internacional358, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial359, y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios de la OIT. Esta última ha subrayado, además, que si se cumple el requisito de un “diálogo genuino entre las partes interesadas … las consultas pueden desempeñar un papel decisivo en la prevención y resolución de conflictos”360.
Los suscritos encuentran necesario enfatizar que es de la mayor importancia que en esta delicada tarea el Legislativo y el Ejecutivo obren de buena fe y no solamente para cumplir con una exigencia formal. Es fundamental que la norma a ser debatida y aprobada responda a la letra y al espíritu del Convenio Nº 169 de la OIT. Asimismo, que el desarrollo legislativo posterior, y el control judicial cuando corresponda, aseguren que las normas y actos administrativos que emanen de los sectores, y de los distintos niveles de gobierno, sean consistentes con ello. Los procedimientos de consulta deben asegurar, como ha reiterado recientemente la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios de la OIT, que la forma y el contenido de los procedimientos y mecanismos de consulta permitan la plena expresión de las opiniones de los pueblos interesados “a fin de que puedan influir en los resultados y se pueda lograr un consenso”361.

2. Construir políticas públicas de manera dialogante
La Defensora del Pueblo ha convocado a construir un Estado inclusivo y sin discriminación que respete la diferencia, que tome en cuenta a los pueblos indígenas y los escuche. También el Informe Final, y en particular el voto singular presentado por el P. Ricardo Álvarez Lobo, se han manifestado en el sentido de que la exclusión está a la base de las demandas indígenas y del conflicto.
Los suscritos encuentran necesario enfatizar que tanto la recomendación anterior como ésta suponen comprender que dicha exclusión proviene de que el Estado y la sociedad peruana no han incorporado ni asumido que los pueblos indígenas tienen, como pueblos originarios, el derecho a formular sus propias visiones de futuro, lo cual implica que es necesario dialogar para construir consensos. En esa medida, encuentran necesario también señalar la necesidad de que el Estado y la sociedad peruana acometan una profunda reforma que refleje la condición pluricultural del país.
En lo inmediato se recomienda institucionalizar, y garantizar los medios para el adecuado funcionamiento de un espacio de diálogo permanente, de alto nivel, con las organizaciones representativas de los pueblos indígenas. Este espacio o Mesa de diálogo nacional permanente, con representación paritaria, es el llamado a dar continuidad al trabajo realizado por el Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos, dar peso y cumplimiento a los acuerdos de las Mesas de Trabajo, asegurar la atención a los puntos planteados por cada una de ellas y actualizar, de forma permanente, el diagnóstico de la evolución de la situación. Esta recomendación constituye un paso inmediato hacia el establecimiento de mecanismos eficientes, pertinentes y adecuados para la reivindicación de derechos y solución de conflictos.
Como lo ha señalado la Defensora del Pueblo, el conflicto y los sucesos de Bagua han “hecho patente la carencia de instrumentos para el diálogo intercultural”. De ello se deriva una recomendación que alcanza al conjunto de la sociedad pero que obliga también al Estado a promover la comprensión y tolerancia valorizando la diversidad cultural y las distintas prioridades económicas y sociales de desarrollo.
Esta recomendación recoge también la formulada por la Defensora del Pueblo en el sentido de realizar “Audiencias Especiales” del Congreso, vinculadas a temáticas que pueden impactar en la vida de los pueblos indígenas, con participación de autoridades de los gobiernos regionales y municipales, representantes de las organizaciones indígenas, así como de calificados ciudadanos representativos de diversos sectores de la población, debidamente preparadas.
Se recomienda, asimismo, que en el análisis de toda norma y decisión administrativa de cualquier nivel de gobierno, así como se exige un análisis de costo beneficio, se incorpore obligatoriamente un análisis de su impacto en las poblaciones indígenas, en cuyo caso deberá ser sometida a consulta.

3. Fortalecer la institucionalidad estatal indígena
Como lo ha señalado la Defensora del Pueblo, es necesario que el país cuente con una sólida institucionalidad estatal indígena. Ese ha sido el planteamiento de las organizaciones indígenas amazónicas desde años atrás, cuando en 1997 fueron consultadas por el Banco Mundial a través del MIMDES, habiendo señalado la necesidad de que hubiera un organismo rector y coordinador multisectorial del más alto nivel. Aunque esta recomendación condujo efectivamente a la creación de la CONAPAA y posteriormente del INDEPA, como ha señalado la Defensora del Pueblo, esta última entidad ha sido objeto “de un proceso de debilitamiento constante” (p. 38). Este debilitamiento, a todo nivel, ha afectado su credibilidad en la medida que en el actual gobierno ha involucrado al personal técnico de la entidad en tareas reñidas con su misión institucional.
Los suscritos reconocen la importancia del gesto de que el Gobierno haya ubicado al INDEPA en la Presidencia del Consejo de Ministros, aunque recomiendan también que el Poder Ejecutivo en conjunto con las organizaciones representativas de los pueblos indígenas lleven a cabo un análisis a profundidad de las reformas institucionales requeridas en el caso de este ente. Señalan también la necesidad de que esta reforma sea llevada a cabo en base de la definición consensuada de su nivel jerárquico, entre otros aspectos, que la entidad deba tener a futuro. Debe considerarse que los procedimientos de consulta requerirán de la existencia de un ente técnico del mayor nivel de credibilidad.
Asimismo, los suscritos encuentran necesario enfatizar la necesidad de institucionalizar el diálogo y construir mecanismos para institucionalizar las relaciones Estado – pueblos indígenas en todos los niveles de gobierno y en todos los poderes del Estado. Se debe analizar las experiencias pasadas, así como considerar el desarrollo de órganos consultivos para la vigilancia en todos los niveles.

4. Hacia la reconciliación con los pueblos Awajún y Wampis
Todas las recomendaciones anteriores abonan a la reconciliación de los pueblos indígenas y el Estado peruano. Los suscritos, han tenido la oportunidad de aquilatar el sentir de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas frente al conflicto, y de las comunidades Awajún y Wampis específicamente frente a lo ocurrido en Bagua, y han percibido la persistencia del malestar frente a ciertas expresiones formuladas en público por altas autoridades del país.
El empleo de la expresión de “el perro del hortelano” por parte del Presidente de la República, aludiendo al proverbio español362 para exponer la teoría esbozada por el en los artículos periodísticos del 2007 causó irritación desde su primera entrega por resultar insultante a los indígenas. A pesar de que ello se puso de manifiesto inmediatamente, el Presidente persistió en su empleo. Consciente de ello, en la sesión del 8.12.09 de la Comisión especial para investigar y analizar los sucesos de Bagua, una de las Comisionadas, firmantes del documento final, propuso que el informe debía proponer que se pidiera “perdón”. Los suscritos rescatan este planteamiento y recomiendan que el Gobierno realice un desagravio a los pueblos indígenas.
Asimismo, los suscritos recomiendan una rectificación y desagravio de parte del Gobierno a los pueblos Awajún y Wampis por las acusaciones injuriosas de terrorismo y paramilitarismo, así como por la falsa denuncia de asalto a una comisaría para robar armas y emplearlas en la Curva del Diablo, que fue formulada por un Ministro ante un foro internacional.
Los suscritos recomiendan también prestar la mayor atención a la reiterada demanda de los pueblos Awajún y Wampis de que se respete los acuerdos formalmente establecidos como resultado de un prolongado e inédito proceso conjunto de planificación y ordenamiento territorial con el Estado en relación a la Zona Reservada Santiago Comaina, en el territorio tradicional de estos pueblos. Recomiendan, asimismo, que el otorgamiento del Lote 116, en territorio de los pueblos Awajún y Wampis, que abarca los territorios de las comunidades de las cuencas del Cenepa, Santiago, Nieva, Marañón y Dominguza, sea suspendido y sujeto a un proceso de consulta y consentimiento que involucre a todos los sectores potencialmente afectados y que se lleve adelante bajo las condiciones establecidas por el Convenio 169 que el Perú ha ratificado y por lo tanto es norma de rango constitucional. Debe tomarse en cuenta, además, que una de las consecuencias de lo ocurrido es la pérdida de confianza en el Estado por parte de estos pueblos que como ciudadanos peruanos y como pueblo indígena han jugado un papel importante en la estrategia de seguridad fronteriza del país.
362 “El Perro del Hortelano no come ni deja comer”. Se trata de una infeliz elección porque implicó que los pueblos indígenas amazónicos, a quienes principalmente se referían los artículos y los decretos legislativos y proyectos que le siguieron serían los que no dejan comer, aunque propiamente, en cualquier caso aquellos serían “el hortelano”, el dueño del huerto o de sus territorios. Es también una infeliz expresión en este caso porque trasluce que de por medio la teoría y los decretos estaban orientados a definir quién debía “comer”.

5. Para que no vuelva a suceder
Tal como se ha señalado, las razones que están a la base del conflicto persisten. Aún cuando algunos decretos y proyectos han sido neutralizados subsiste en el Estado una actitud renuente a tomar en consideración las necesidades de seguridad jurídica para los pueblos indígenas y garantías ambientales y sopesar de cara a ello las políticas públicas.

En lo inmediato los suscritos recomiendan:
- Derogar los decretos legislativos Nº 994, 995, 997, 1013, 1020, 1060, 1080 y 1089 y la ley de recursos hídricos Nº 29338 y dejar en suspenso el proyecto de ley Nº 28223, Ley de Desplazamientos Internos, así como los proyectos motivo de la protesta, tal como lo ha acordado la Mesa de Trabajo Nº 2
- Revisar la legislación nacional sobre tierras indígenas de manera que se adecue a los estándares y normativa internacional, posibilitando, entre otras cosas, que los Pueblos que así lo autodeterminen puedan definir sus territorios y consolidar los títulos comunales y las áreas de uso común, aún las que todavía no han sido tituladas, dentro de un territorio integrado que es un antiguo anhelo de muchos pueblos amazónicos y que se adecúa al pedido realizado por la Comisión de Expertos de OIT.
- Desarrollar o adecuar la normatividad registral a la legislación especial nacional e internacional de los pueblos indígenas.
- Atender al pedido que ha hecho la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios de la OIT en la pasada Conferencia Internacional del Trabajo, 99.ª reunión del 2010, de suspender “las actividades de exploración y explotación de recursos naturales que afectan a los pueblos cubiertos por el Convenio en tanto no se asegure la participación y consulta de los pueblos afectados a través de sus instituciones representativas en un clima de pleno respeto y confianza, en aplicación de los artículos 6, 7 y 15 del Convenio”.
- Evitar provocaciones con la concesión de nuevos lotes petroleros, megaproyectos de infraestructura y concesiones mineras que no cumplan el requisito de la consulta y consentimiento previo, libre, informado y de buena fe, y hasta que la política ambiental no eleve convenientemente los estándares de exigencia para el aprovechamiento a gran escala de recursos naturales.
- Que el Estado vigile y sancione a las empresas que actúan o pretenden actuar en concesiones dentro de territorios indígenas cuando se denuncien prácticas que promueven el divisionismo y la disidencia a fin de facilitar su ingreso ya que éstas prácticas agravan y profundizan notablemente los conflictos y muchas veces imposibilitan su solución definitiva.
- Atender las numerosas solicitudes existentes de titulación y ampliación de comunidades, y evitar la provocación de promover la titulación individual de predios al interior de las comunidades, como ya lo viene haciendo COFOPRI, incluso en el territorio Awajún y Wampis. Asimismo, atender a las solicitudes de creación de reservas territoriales a favor de pueblos en aislamiento voluntario cuyos expedientes aguardan desde hace tiempo.
- Restablecer en la Constitución el carácter inalienable, imprescriptible e inembargable de las tierras comunales de los pueblos indígenas, sin excepción alguna.
- Restablecer la vigencia de la propiedad territorial indígena sin excluir los bosques y otros recursos que constituyen la base de su territorio ancestral y que los pueblos indígenas reclaman desde la aparición del DL 22175.
- Invitar al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión de Expertos en Aplicación de Normas y Recomendaciones de la OIT y la Comisión de la Convención Internacional de la ONU contra todas las formas de Discriminación Racial para que verifiquen el cumplimiento de sus recomendaciones y los avances en cumplimiento de las obligaciones contraídas internacionalmente por el Perú en materia de derechos indígenas.
- Establecer una Comisión de alto nivel y con participación indígena que en un plazo de 180 días haga una propuesta ordenada que ubique los problemas de adecuar el ordenamiento jurídico peruano a la normatividad y estándares internacionales
Los suscritos encuentran necesario referirse a otros aspectos, algunos de los cuales han sido abordados por instituciones internacionales de derechos humanos y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas.

6. Acceso a la justicia y reconciliación
Los suscritos acogen la recomendación hecha por diversas entidades de derechos humanos en el sentido de invocar al Poder Judicial y al Ministerio Público para que se respete el proceso justo, se actúe con celeridad y se tome en cuenta las condiciones de interculturalidad y las circunstancias en las que se dieron los delitos alegados, en razón de lo cual se también recomienda tomar en consideración la conveniencia de peritajes antropológicos. Al respecto se hace un llamado a considerar debidamente los artículos 8, 9 y 10 del Convenio 169-OIT.
Asimismo, los suscritos instan a que se obre con prudencia y se revise las órdenes de detención tomando en cuenta que en los casos de los comprendidos en los procesos por el 5 de junio no existe riesgo de fuga tratándose mayormente de comuneros sin antecedentes penales cuyas familias se ven fuertemente afectadas. Particularmente, aquellos que han sido recluidos en el penal de Chachapoyas, vienen resistiendo condiciones climáticas muy distintas a las que están habituados y a gran distancia de sus familiares. En el caso de los dirigentes comprendidos, aún con deficiencias en la construcción de los casos, se ven obligados a vivir en la clandestinidad, afectando sensiblemente a los comuneros y comunidades a los que representan, situación que invocamos revisar a favor de la conciliación y del establecimiento de las necesarias condiciones para el diálogo363. Asimismo, invocamos a que se apliquen los preceptos de la normativa internacional que, tratándose de miembros de los pueblos indígenas considera penas distintas al encarcelamiento.
Sin perjuicio de lo anterior, los suscritos invocan a que se brinden las condiciones para garantizar que los acusados se expresen en su idioma materno. Asimismo, para garantizar que los jueces conozcan los casos en profundidad se recomienda la creación de una sala especial para dedicación exclusiva a la atención de estos casos.
Se invoca asimismo al Poder Judicial y al Ministerio Público a precisar la responsabilidad civil o penal que corresponda respecto de los cinco civiles muertos en Bagua y Bagua Grande por proyectil de bala, que según testimonios confirmados no participaron en los actos vandálicos ni participaban al momento en las manifestaciones que tuvieron lugar en esas ciudades.
363 Como lo ha señalado el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas: ”el recurso o utilización de la vía penal no debería ser la vía ordinaria para abordar la conflictividad y protesta social, sino que debería ser el último recurso aplicable (ultima ratio) y debería estar estrictamente limitado al principio de necesidad social imperiosa en una sociedad democrática”. Asimismo ha señalado que uno de los efectos colaterales de la criminalización de la protesta, en casos no justificados, es la creación de una dinámica que podría generar una falta de confianza entre los pueblos indígenas y las autoridades estatales, con efectos negativos sobre la convivencia y legitimidad democrática.
Los suscritos invocan a las personas e instituciones a hacer lo posible por encontrar el cuerpo del Myr. PNP Felipe Bazán Soles como un gesto de reparación hacia su familia.
Los suscritos recuerdan que ha habido numerosas víctimas entre los civiles, muertos y heridos, y recomiendan que el Estado cumpla – como ya se ha hecho con los deudos del personal policial fallecido - con atender la reparación de los heridos y sus familiares a través de un plan integral de reparaciones con enfoque intercultural. Entre otras medidas este plan deberá brindar reparación a los deudos de los civiles fallecidos y pensión de invalidez a los incapacitados como resultado de la violencia generada por el operativo de desalojo; y en coordinación con las organizaciones representativas, deberá atender aquellos casos en los que sea necesario tratamientos físicos o psicológicos. Este plan, que sea expresión de la justicia transicional constituye también un paso hacia la reconciliación. Pero debe entenderse también que la mejor reparación consistirá en que, en adelante, no se intente más nuevas puestas en prueba a la reacción de los afectados por proyectos de reformas, sino que deberá procederse mediante el diálogo y la buena fe.
Los suscritos también alientan a que las partes presenten mutuas disculpas mediante actos simbólicos en espacios solemnes.
Los suscritos también entienden que la reconciliación y la convivencia entre diferentes culturas en un país pluricultural requieren que los pueblos indígenas adopten y respeten el rasante común de los derechos humanos y del derecho a la vida en especial.

7. Garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión
Sin pretender trascender el alcance del presente Informe, los suscritos consideran necesario recomendar que se restablezca la licencia de funcionamiento a los medios de comunicación en la región amazónica, toda vez que las denuncias han sido archivadas. La cancelación de las licencias y la hostilización a los periodistas radiales enrarece el clima de paz en las localidades urbanas de la región y bloquea los canales de comunicación desde la sociedad. Asimismo recomiendan, como lo han hecho diversas instituciones, promover una cultura de paz y compromiso con la verdad, así como una apertura del conjunto de la institucionalidad estatal hacia la interculturalidad y la pluriculturalidad.

8. Medidas sectoriales
El Informe Final ha recogido un conjunto de recomendaciones sectoriales y propuestas destinadas a evitar que lo ocurrido en Bagua nunca más vuelva a suceder. Estas recomendaciones recogen varias de las propuestas hechas por las Mesas de Trabajo del Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos. Otras, animadas de buena intención, muchas de las cuales compartimos, deben ser tomadas en consideración para someterlas a su vez a un diálogo intercultural que defina su pertinencia.